Desde hoy entra el vigencia las nuevas normas para estacionar en la ciudad de Buenos Aires, de acuerdo a lo notificado por el gobierno porteño en las últimas semanas, en base a tres reglas básicas destinadas a optimizar la circulación de los automovilistas.
Para su implementación, se renovó toda la señalización en las calles porteñas para hacerla más accesible y clara y, ante cualquier duda, se puede consultar con Boti, el chat de la Ciudad de Buenos Aires.
La nueva normativa, que fue aprobada por la Legislatura, implica la reducción de nueve reglas generales a solo tres:
En las calles, estará permitido estacionar de ambos lados.
En las avenidas, estará permitido estacionar de 21 a 7 de ambos lados.
En los pasajes y al lado de las ciclovías estará prohibido las 24 horas.
Uno de los principales cambios desde la nueva reglamentación es que la cartelería solo marcará las prohibiciones. “Lo importante es que las prohibiciones van a estar definidas por cartelería. Lo que teníamos hasta ahora eran los carteles celestes que indicaban que se podía estacionar, sobre todo los de la mano izquierda, que antes estaba prohibido. A partir de ahora va estar siempre permitido, a menos que haya un cartel que indique lo contrario, a excepción de algunas calles en la que va a seguir habiendo prohibición pero por una cuestión de tránsito”, se indicó desde el gobierno porteño.
“Si no hay un cartel que prohíba estacionar, ahora se puede. Los carteles van a estar ubicados en diferentes puntos a lo largo de la calle a lo largo de la calle. Va a haber una importante cantidad de carteles para evitar confusiones”, completó la funcionaria.
Por su parte, el gobierno de la ciudad de Buenos Aires dio a conocer los lugares donde está prohibido estacionar y que se sancionará si no se respeta:
En las entradas a garajes
En las paradas de colectivos y taxis
En la puerta de las comisarías y cuarteles de bomberos
En la entrada de edificios donde se desarrollan espectáculos públicos, en los horarios en que se realizan funciones
A menos de 50 metros a cada lado de los pasos ferroviarios a nivel
Sobre la línea amarilla del cordón, ochavas, sendas peatonales y en las rampas de las esquinas
En caso de no cumplir con estas tres reglas básicas, se aplicarán una serie de multas y sanciones:
La infracción por estacionamiento o detención prohibida tiene un valor de $10.292 (100 UF).
En lugares reservados para servicios de emergencia, paradas de transporte público, entradas de vehículos, ciclovías, carriles exclusivos, corredores de Metrobus, y zona de Macro y Microcentro, la infracción se elevará al doble: $20.584 (200 UF).
En lugares reservados para vehículos de personas con necesidades especiales o rampas para personas con movilidad reducida, la multa será de $30.876 (300 UF).
En estacionamiento medido, la sanción costará $10.292 (100 UF).
Cabe destacar que el valor de la UF es de $102,92.